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Plan MOVES III: ayudas a vehículo eléctrico y punto de recarga

IDAE — Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía

El Plan MOVES III ofrece ayudas estatales para comprar vehículos eléctricos o híbridos enchufables (hasta 7.000 €) y para instalar puntos de recarga en domicilios o empresas. Gestionado por las CCAA, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2025.

💶 700 € – 9000 €🇪🇸 Toda España

Qué es y para qué sirve

El Plan MOVES III es el programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica, financiado con fondos Next Generation EU y gestionado por las comunidades autónomas. Tiene dos líneas principales:

1) Compra de vehículo eléctrico o híbrido enchufable — ayuda directa de entre 700 € y 7.000 € para particulares, autónomos, empresas y administraciones. La cantidad depende del tipo de vehículo, si es nuevo o KM0, y si se achatarra un coche antiguo (suma extra). Aplica a turismos, motos eléctricas, furgonetas y autobuses.

2) Instalación de puntos de recarga — cubre entre el 70 % y el 80 % del coste de instalar un punto de recarga en garaje propio, comunidad de vecinos o en empresa. Tope absoluto de 9.000 € por instalación en comunidad y hasta 100.000 € en parkings de empresa.

Las ayudas son acumulables con el Plan PIVE de algunas CCAA y con la deducción autonómica por movilidad sostenible. Importante: el pago es retroactivo (compras primero, te ingresan después), así que necesitas tener liquidez o financiación inicial.

El plan se ha prorrogado varias veces. La vigencia actual termina el 31 de diciembre de 2025, aunque se rumorea continuidad bajo otro nombre. Confirma siempre la convocatoria abierta en tu CCAA porque algunos cupos se agotan antes.

Requisitos

  • Residencia o sede fiscal en España.
  • Vehículo nuevo o KM0 (matriculado en concesionario español).
  • Precio del vehículo (sin IVA) no superior a 45.000 € (turismo) o 53.000 € (eléctrico de 8 plazas).
  • Mantener el vehículo en propiedad al menos 2 años.
  • Para punto de recarga: ser propietario o tener autorización del titular del aparcamiento.
  • Solicitar la ayuda antes de presentar la factura final (no se admiten compras anteriores a la apertura de convocatoria).

Documentación necesaria

  • DNI / NIE del solicitante o CIF de la empresa.
  • Contrato o pedido del vehículo (anterior a la concesión, posterior a la apertura de convocatoria).
  • Factura definitiva y justificante de pago una vez se entrega el vehículo.
  • Certificado de matriculación a nombre del solicitante.
  • En caso de achatarramiento: ficha técnica y certificado de destrucción del vehículo antiguo.
  • Para punto de recarga: presupuesto técnico, autorización de la comunidad, factura instalación y certificación final.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. 1

    Verifica la convocatoria en tu CCAA

    Cada autonomía abre sus propias ventanas y dispone de sus formularios. Comprueba que esté abierta y que queda cupo (algunas se agotan rápido).

    Más información →
  2. 2

    Reserva el vehículo (no lo compres aún)

    Firma un contrato de reserva con fecha posterior a la apertura de la convocatoria. La compra final se hace después de tener número de expediente.

  3. 3

    Presenta la solicitud

    Telemática vía sede electrónica de tu comunidad. Adjunta contrato, DNI/CIF, datos del vehículo o de la instalación, y autorización si corresponde.

  4. 4

    Espera la concesión y completa la compra

    Tras obtener número de expediente, formaliza la compra, recoge el vehículo o termina la instalación, y aporta facturas y matriculación.

  5. 5

    Recibe el pago

    Una vez justificada la compra y aprobada la documentación final, te ingresan la ayuda. Los plazos varían entre 3 y 12 meses según CCAA y volumen de expedientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto recibo si compro un coche eléctrico nuevo?

Como particular sin achatarrar coche antiguo: 4.500 €. Si achatarras un vehículo de más de 7 años a tu nombre: 7.000 €. Híbridos enchufables: 2.500 € o 5.000 € con achatarramiento. Las cantidades aplican a turismos.

¿Tributa la ayuda en el IRPF?

Sí. El Plan MOVES tributa como ganancia patrimonial en el IRPF del año en que se cobra, salvo para autónomos y empresas que lo declaran como subvención corriente. Importante tenerlo en cuenta al planificar el ahorro real.

¿Puedo solicitarlo siendo autónomo?

Sí, autónomos y empresas pueden solicitar el MOVES con cuantías ligeramente distintas (más bajas para vehículos profesionales pequeños, más altas para furgonetas y N1). El procedimiento administrativo es el mismo.

¿Hay que pagar el coche entero y esperar el reembolso?

Sí. El MOVES es retroactivo: primero compras y matriculas el vehículo, luego justificas y al final te ingresan. Muchos concesionarios ofrecen financiación puente para no adelantar el importe completo.

¿El punto de recarga se puede instalar en una plaza alquilada?

Sí, con autorización por escrito del propietario de la plaza y, si está en comunidad de vecinos, sin necesidad de aprobación de la junta (la Ley de Propiedad Horizontal lo permite con solo notificarlo).

Información actualizada el 15 de enero de 2025. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.